Una ley reciente de la Ciudad de Buenos Aires obliga, a partir del 20 de este mes, a los dueños de propiedades inmuebles a abonar las comisiones por servicios inmobiliarios a los intermediarios. Dichas comisiones están hoy en día en el orden del 4,15% del valor del contrato, es decir el equivalente de un mes para un contrato de dos años. Y las pagan los inquilinos.
En nota del diario La Nación de la semana pasada se menciona el siguiente argumento en contra de la nueva ley
Desde las inmobiliarias, las críticas arreciaron. Temen que la modificación inhiba a los dueños de poner en el mercado sus propiedades y se restrinja así la actividad. Además sostienen que el impacto buscado no será tal, ya que los locadores derivarán el costo de la comisión al precio del alquiler.
Los intermediarios no sé en que planeta viven, pero dudo que un dueño prefiera dejar su propiedad desocupada antes que pagarle 4,15% a una inmobiliaria (recordemos que hoy en día ya hay portales en los cuales los dueños pueden publicar sus propiedades sin intermediarios). O sea que el primer argumento no tiene mucho sentido. El segundo es correcto, los precios de los alquileres subirán para reflejar el costo de intermediación. Pero a los inquilinos esto les es indiferente, pues cuando uno alquila una propiedad paga un combo de servicios por el uso del inmueble y por la intermediación (acabo de alquilar un departamento por un año en Madrid, y para comparar los precios de los que estaban publicados por sus dueños de los que eran ofrecidos por inmobiliarias prorrateaba el costo de las comisiones sobre los precios de estos últimos).
Uno de los argumentos que se formulan a favor de esta modificación es que de esta manera los inquilinos pueden prorrogar en el tiempo el pago de la comisión. Esto es cierto para inquilinos con restricciones de liquidez, máxime si no tienen acceso a crédito para equipar sus nuevos hogares.
Sin embargo, en mi opinión el mayor cambio que introduce esta ley, y que hace que el Colegio Profesional Inmobiliario haya emprendido acciones legales (y mediáticas) contra la misma, es que introduce competencia en el mercado.
Con el inquilino pagando la comisión, la inmobiliaria es un monopolista. En efecto, salvando el caso de propiedades de gran valor que pudieran ser ofrecidas por más de una inmobiliaria, un inquilino interesado en vivir en Pampa y la Vía 12 9a, no tiene más remedio que erogar el mes de comisión. La amenaza de alquilar en Babia 125 no es creíble.
En cambio si el dueño del departamento de Pampa y la Vía 12 9a quiere alquilar su departamento probablemente consulte con más de una inmobiliaria. Y por competencia alguna le puede pedir menos del 4,15% de comisión. Esta es la verdadera razón por la cual Héctor D’Odorico y sus compadres patalean tanto. La competencia en general beneficia al consumidor, pero perjudica a alguien, en este caso al intermediario.